Juan Pérez Rodríguez y Violante Tejera

JUAN PÉREZ RODRÍGUEZ Y VIOLANTE TEJERA

Portugueses (en principio cuando pongo la nacionalidad, supongo que nacieron en ese país). El apellido Tejera, lo vemos escrito también como Texera.

La información aquí vertida viene de Tomás Cruz y cuando no sea así se dirá,como los extractos del libro : El Valle de Güimar en el siglo XVI, Protocolos de Sancho Urtarte, de Miguel A. Gómez Gómez, en adelante diré Miguel A.(Compren el libro no se arrepentirán), en rojo.

A este matrimonio se le conocen 3 hijos y el nombre de dos:

1.-  OTRO-A  padre o madre de GASPAR HERNÁNDEZ zapatero nacido en 1559

1574, agosto, 22, domingo - Candelaria. Fol. 288 r 0

Luis Pérez, morador en el valle y heredamiento de Güímar, dice que tiene un sobrino suyo llamado Gaspar Hernández, presente, de unos 15 años, el cual asienta con Antonio Díaz, zapatero, vecino, morador en el pueblo de N tra. Sra. de Candelaria, presente, por aprendíz para que le enseñe el dicho oficio de zapatero.
El tiempo del asiento es de tres años y medio a partir del 22 de mayo pasado de este presente año. Durante dicho tiempo Antonio Díaz ha de dar a Gaspar comida, bebida, vestido y calzado, conforme a tal aprendiz y hacerle buen tratamiento. Si Gaspar enfermase le ha de servir cuando esté sano todo el tiempo que dejare de servir y lo mismo si se ausentara del oficio. Si Gaspar se pusiera enfermo,lo
que Antonio gastara en él se lo ha de pagar Gaspar con su servicio de aprendiz de zapatero y Antonio ha de ser creído por su declaración.
En caso que Gaspar no saliera obrero durante el dicho tiempo de 2 años y medio de allí adelante Antonio Díaz le ha de dar en cada día tanto jornal cuanto ganare otro obrero hasta tanto que salga perfecto obrero en el oficio de zapatero. Cumplido el tiempo, Antonio ha de dar a Gaspar 8 doblas de a 500 mrs. cada una de moneda de Canaria para su vestido y camisa y botas nuevas, las camisas han de entrar en las dichas 8 doblas. Antonio ha de dar a Gaspar un oficio de zapatero como es uso y costumbre dar a un obrero que sale de la casa del maestro. Sancho de Urtarte, ese. de S.M. da fe que en su presencia y en la de los testigos Luis Pérez entregó al dicho Gaspar Hernández a Antonio Díaz y él lo recibió y quedó en su casa.- Hecha en el pueblo de Ntra. Sra. de Candelaria, estando en las casas de la morada de Antonio Díaz.- T gos. Manuel Estévez, Sebastián González, purgador y Diego
Báez , tonelero, vecs. y estantes.- Firman: Antonio Díaz - Luis Pérez.
Derechos, 61 mrs.

1579, julio, 8, miércoles ~ San Juan de Güímar. Fol. 1.124 rº

Gaspar Hernández, sobrino de Luis Pérez, morador en el valle y heredamiento de San Juan de Güímar, dice que se ha concertado con Nicolás Pérez, vecino, zapatero de obra, presente, en esta manera: Gaspar es zapatero y le falta poco tiempo para salir de oficial obrero y Nicolás se obliga que, asentando Gaspar con él por 4 meses a partir de hoy lo ha de sacar oficial, de manera que sea examinado y le sea dada carta de examen, con tanto que Gaspar pague los derechos del examen y la carta.
También ha de poner los cordobanes para ser él examinado a su costa y demás de esto porque con su mejor voluntad los haga Nicolás, Gaspar le da 5.160 mrs. de moneda de Canaria, la mitad de ellos luego y la otra mitad de hoy en 3 meses. Por la presentese asienta con Nicolás por el tiempo de los 4 meses a partir de hoy, durante este tiempo le ha de dar de comer, beber y cama en queduerma y hacer muy buen tratamiento, Gaspar solamente le ha de servir en el dicho oficio de zapatero, día y noche.
En el caso que Nicolás no cumpla con Gaspar y éste no sea examinado, en tal caso hasta que lo sea le ha de dar de soldada lo quegana cualquier oficial zapatero que es un real y de comer cada día de trabajo y las fiestas le ha de dar de comer y no jornal, también le ha de dar unas cabezas de unas botas y los vestidos que gastara, si algo rompiera sea a costa de Gaspar.
Cumplidos los cuatro meses requiriéndole Nicolás que vaya a examinars e, sea obligado a ello so pena de 10 ducados para Nicolás Pérez. Otorgada en el valle y heredamiento de San Juan de Güímar, estando en las casas de la morada de Francisco de Alarcón.- T gos.
Pedro de Alarcón Beltrán, Pedro de Alarcón y Miguel Hernández, vecs. y estantes.- Firman: Nicolás Pérez - por no saber, Pedro de Alarcón Belrrán.
Derechos, dos reales.

2.- LUIS PÉREZ TEJERA portugués -molinero  con BEATRIZ RODRÍGUEZ portuguesa(casados en la decada de 1560), hija de Manuel González labrador portugués y Leonor Afonso( Tenían 4 hijas , María González (Gonçalves) casada con Hernando de Ibabte ,Beatriz Rodríguez,Jerónima González casada con Antonio Rodríguez y María Manuel casada en 1574 con Juan Francés. Testamento 1614,folio 501 Cabrejas.

1573, agosto, 7, viernes • San Juan de Güimar. Fol. 5 2 rº

Luis Pérez y su mujer, Beatríz Rodríguez, moradores en el valle y heredamiento de Güímar, ella con licencia de su marido. Por la presente dicen que por su volunrad y agrado venden a Francisco González , natural de Tenerife, presente, yerno de Juan Castellano morador en Ntra. Sra. de Candelaria, dos casas terreras, una cubierra de teja y la otra descubierta, con 24 tijeras de tea, con los corrales que rimen en Ntra. Sra. de Candelaria, lindantes de una parte con casas de Hernando de Baute y por otra con solar de Francisco Pérez, por abajo con solar de Manuel González, suegro del otorgante y padre de Beatríz. El precio es de 60 doblas de a 500 mrs. de moneda de Canaria, que declaran haber recibido de Francisco González.- T gos. Pablos Pérez, alguacil, Francisco González, carpintero, Diego de Valdés Betancor, vecs. y estantes. Firman: Luis Pérez, por testigo: Diego de Valdés Betancor.
Derechos, dos reales.

Yo a Luis y Beatriz les he localizado 10 hijos:(Yo pensaba 9 pero en el Testameto, Luis nombra a su hija Ana María)

1) JUAN(DE LA CRUZ GONZÁLEZ DE CAMPOS= MARÍA DE OCAMPOS casados hacia 1615
2) BARTOLOMÉ TEJERA= ANA CASTELLANO GONZÁLEZ casado hacia 1612
3) LUIS PÉREZ CAMPOS = MARÍA XIMÉNEZ casados hacia 1611
4) AGUSTÍN RODRÍGUEZ TEJERA= MELCHORA DE LOS REYES casados hacia 1614
6) TOMASA RODRÍGUEZ TEJERA= PEDRO DÍAZ MARRERO
7) BEATRIZ TEJERA=GONZALO IZQUIERDO
8) JUANA PÉREZ=GASPAR YANES
9) FRANCISCO TEJERA= MARÍA DE LA O casados hacia 1635
10) ANA MARÍA= MARTÍN GONZÁLEZ (hijo de Francico González naturales)


3.- POLONIA PÉREZ TEJERA nacida hacia 1548 y casada en principio con (1565) JUAN GONZÁLEZ(Pleito de nulidad)  y  con JUAN RODRÍGUEZ hijo de los Guanches Rodrígo Hernández y María González (Dote de Polonia  1565 Folio 272 -Jaime)



1573, mayo, 7, miércoles - San Juan de Güímar. Fol. 2 6 rº

Polonia Pérez Texera, moradora en el valle de Güímar; en Tenerife, dice que es hija de Juan Pérez y de Violante Texera, vecinos.
Declara que ella hace unos ocho años que se casó de forma clandestina con Juan González, labrador, hijo de Sebastián González, portugués, vecino de la feligresía de la Punta de Doni en el arzobispado de Braga, en el reino de Portugal. Asimismo declara que cuando se casó con él lo hizo clandestinamente y creyendo que era soltero. Después pareció que antes que se casara con ella ya era
casado con Cecilia González, vecina de la feligresía de Loredo, en el mismo arzobispado y era viva, por lo tanto el matrimonio de Polonia es nulo . . Por esta carta da poder especial a su hermano Luís Pérez, que está presente y a Juan de Barbosa, ausente, para que en su nombre puedan parecer ante la justicia del señorío y reino de Portugal y solicitar que se declare por un juez competente que cuando ella se casó su marido ya estaba casado con Cecilia González y no hubo efecto el dicho matrimonio. También que pidan y se declare que ella se puede casar como persona que no está sujeta a matrimonio. Polonia Pérez tiene 25 años. Hecha estando en las casas de la morada de Alonso Rodríguez, labrador.- T gos. Juan Martín, Alonso Pérez y Alonso Rodríguez, vecs. y estantes. Firma:
Juan Martín, porque la otorgante no sabía escribir.
Derechos, un real.

1575, junio,3O, jueves ~ Candelaria. Fol. 4 33 vº

Polonia Pérez, hija de Juan Pérez, moradora en el pueblo de Ntra. Sra. de Candelaria, término y jurisdicción de San Cristóbal, dice que por mandato de la Jusricia y Regimiento de Tenerife, para el regocijo que se hizo en la ciudad de San Cristóbal de La Laguna, el día de San Juan de junio pasado de éste año de 1575, le fue mandado tomar y se tomó, un toro suyo, de nombre Pintado , de tres bafios, y fue garruchado, muerto y pesado en la carnicería de la dicha ciudad, y asimismo ella tiene otro toro, Tostado, de tres años. Por la presente da poder especial a Juan Rodríguez, natural, hijo de Rodrigo Hernández de Candelaria, natural de esta isla, vecino,ausente, para que en su nombre pueda cobrar de la Justicia y Regimiento o de su mayordomo, el valor y precio, moneda y mrs., por el que se vendió y pesó el dicho toro en la dicha carnicería, llamado Pintado y la pelleja y cuero y asimismo pueda vender el dicho toro Tostado.- Hecho en el valle  y heredamiento de Güímar.- T gos. Alonso Rodríguez de Güímar, Adán Agosto y Juan Martín, mulato, vecs. y estantes.- Firma: por no saber, Alonso Rodríguez.
Derechos, un real.

1577, noviembre, 29, viernes - San Juan de Gü{mar. Fol. 9 I 7 rº
Polonia Pérez Tejera, moradora en el valle y heredamiento de San Juan de Güímar, vecina, dice que es hija de Juan Pérez y de Violante Tejera, vecinos, y es así que hace unos 12 años que se casó clandestinamente con Juan González, portugués, en esta isla de Tenerife, hijo de Sebastián González de la feligresía de San Martín del Campo, que es en el Arzobispado de Braga, en el reino de Portugal y cuando se casó con Juan González creyó de buena fe que él era soltero y después pareció que era casado con Cecilia Rodríguez, de la feligresía de Loredo, en dicho Arzobispado, y porque ésta pareció ante la justicia eclesiástica del Arzobispado de Braga en 22 de noviembre de 15 5 5 y el vicario general de dicho Arzobispado hizo parecer ante sí personalmente a Cecilia y le preguntó lo que con Juan González pasó, y sobre ello fulminó proceso y pronunció sentencia definitiva por la cual declaró ser casado Juan y Cecilia y les mandó que hicieran vida maridable como Dios manda.
La sentencia fue publicada en 7 de enero de 1572, según autos que acerca de ello pasó en 9 de septiembre de 1577, por la cual el matrimonio clandestino es nulo y sin ningún valor y aunque Juan González se quiso casar con Polonia haciéndose las amonestaciones que manda la Iglesia hubo contradicción diciendo que Juan era casado y por entonces cesó el dicho matrimonio.
Después de lo cual Juan González pareció ante el bachiller Montesdeoca, vicario que a la sazón era en esta isla y pidió que Polonia le fuera entregada como su mujer y dio sobre ello mandamiento y los padres de Polonia la entregaron en cumplimiento del mandamiento como su mujer y con él hizo vida maridable 5 meses sin que se casaran por la Iglesia, el padre de Polonia, Juan Pérez, le dijo a Juan
González que fuera a su tierra y trajese información como no era casado.
Juan González se fue de la isla para dicho efecto y nunca más tornó a ella, sobre lo cual hay proceso ante la justicia eclesiástica de Gran Canaria y de Tenerife. Polonia viendo que no estaba casada ni soltera, dio poder a Andrés Díaz, cabuquero, vecino, para que averiguara como Juan González era casado con Cecilia Rodríguez, y trajo certificación de ello y los dichos autos y diligencias que trajo Andrés Díaz lo hizo de acuerdo con Polonia.
Por la presente da poder especial a Juan Rodríguez, natural de Tenerife, vecino, para comparecer ante don Cristóbal Vela, Obispo de las islas de Canaria, del Consejo de S.M. y ante sus provisores, vicarios y justicia y pedir que aprueben la sentencia dada por el juez del arzobispo de Braga en dicho matrimonio y se dé por nulo su matrimonio clandestino y pueda disponer de su persona como alguien que no está · sujeto a matrimonio.- Otorgada en el valle y heredamiento de San Juan de Güímar.- T gos. Alvaro Afonso, Gonzalo de Chávez y Salvador González, natural, vecs. y estantes.- Firma: por no saber, Gonzalo de Chávez.
Derechos, cuarenta y cinco mrs. de buena moneda.

¿TIENES MAS DATOS Y QUIERES AÑADIRLOS? ENVÍALOS A NUESTRO CORREO.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Genealogía Casa 13 La Zarza Tenerife Padrón 1778-1780